Justicia Restaurativa y Violencia de Género: Reflexiones de la Dra. Diana Márquez
Introducción
La violencia de género es una problemática compleja y multidimensional que exige que el sistema de justicia ofrezca respuestas efectivas y, sobre todo, transformadoras. A lo largo de mi experiencia, he visto cómo la Justicia Restaurativa puede complementar el abordaje de los delitos de violencia de género, siempre que se apliquen con sumo cuidado y garantizando los derechos y la seguridad de las víctimas.
Es necesario a su vez distinguir entre Mediación y enfoque o prácticas restaurativas para llegar a un abordaje acorde a esta problemática grave que recorre a nuestra sociedad, sin olvidar que las víctimas de violencia de género, es su gran mayoría mujeres, no son incapaces, pueden y deben tener el derecho de afrontar su problemática con más opciones de las que brinda nuestro acotadísimo menú de castigos penales.
El desafío del poder y la seguridad en los procesos restaurativos
Uno de los mayores retos que observo en la Justicia Restaurativa, con sus prácticas y enfoques especialmente en casos de violencia de género, es la asimetría de poder inherente a este tipo de delitos. Las relaciones abusivas, como sabemos, están marcadas por un desequilibrio estructural de poder, donde la persona ofensora ejerce control y dominio sobre las víctimas.
Justicia Restaurativa y reparación integral en casos de violencia de género
En mi opinión, el enfoque tradicional del sistema de justicia penal, que se centra principalmente en la sanción retributiva, deja de lado la necesidad de una reparación integral para las víctimas. La Justicia Restaurativa, como la concibo, ofrece un enfoque mucho más amplio que no se limita a la condena, ni a una transacción dineraria, sino que busca reparar el daño a nivel emocional, trascendental, relacional y social.
La Justicia Restaurativa no implica en ningún caso minimizar la gravedad de los delitos ni evitar que las personas ofensoras asuman sus responsabilidades. La impunidad no tiene lugar en la Justicia Restaurativa; al contrario, lo que se busca es una forma de responsabilización que sea profunda y transformadora.
La importancia del consentimiento informado y el empoderamiento de la víctima
La Justicia Restaurativa se basa en la voluntariedad. En casos de violencia de género, este principio adquiere una relevancia crucial. Para mí, es esencial que las víctimas participen desde una posición de fortaleza, con pleno conocimiento de los riesgos y características del proceso restaurativo, y que su consentimiento esté completamente libre de presiones.
El rol de la comunidad en la reparación de los vínculos sociales
Uno de los aspectos más importantes de la Justicia Restaurativa es el papel que juega la comunidad en la reparación de los vínculos rotos por la violencia de género. La violencia de género no solo afecta directamente a la víctima, sino que también tiene un impacto profundo en toda la comunidad. Desde mi perspectiva, es esencial que la comunidad se involucre en los procesos de reparación, ya que la violencia de género es un problema estructural que requiere una respuesta colectiva.
Conclusión: Un enfoque restaurativo como complemento a la justicia penal
La Justicia Restaurativa debe complementar el abordaje de los delitos de violencia de género, con los debidos cuidados y garantías para las víctimas, no hay legislación ni convención que lo prohiba. Debe ser un enfoque adecuado caso por caso, persona por persona y en los contextos correctos puede ofrecer una reparación realmente integral con la comunidad activa cuidando y dando soporte para cambiar y transformar verdaderamente las lógicas de violencia que nos atraviesan.
La cultura restaurativa, la lógica de la bondad y del cuidado es una construcción donde cada una y cada uno de nosotros puede estar comprometido.